Artículo 234.- Archivo del pliego de peticiones.- Si en el tiempo de duración del contrato colectivo, se presentaren uno o varios pliegos de peticiones que contuvieren temas o aspectos contemplados en el contrato colectivo vigente, la autoridad laboral ordenará su inmediato archivo.
sábado, 28 de noviembre de 2009
Archivo del pliego de peticiones
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
en donde puedo encontrar una explicación extensa sobre cada codigo del trabajo
ResponderEliminar